sábado, julio 4, 2026

El Diputado Provincial Damasco y un proyecto sobre detección de sustancias psicoactivas a legisladores y funcionarios del legislativo

El Diputado Provincial Damasco y un proyecto sobre detección de sustancias psicoactivas a legisladores y funcionarios del legislativo
Orilla y Media TV

El Diputado Provincial Carlos Damasco, presentó en la Legislatura entrerriana, un proyecto sobre la «Implementación de controles de detección de consumo de sustancias psicoactivas en la Provincia de Entre Ríos».

En la fundamnetación del proyecto se indica que «El presente proyecto de ley tiene como finalidad establecer la obligatoriedad de la realización de controles de detección de consumo de sustancias psicoactivas ilegales a todas las personas que integran los tres poderes del Estado provincial: Ejecutivo, Legislativo y Judicial, iniciando por el Poder Legislativo.»

El proyecto presentado por el Diputado Damasco expresa «La presente ley tiene por objeto asegurar que quienes ejercen la función pública lo hagan con plenas facultades, libres de los efectos de sustancias psicotrópicas ilegales, a fin de preservar el adecuado desempeño de sus responsabilidades, la transparencia institucional, la integridad, idoneidad y responsabilidad de los funcionarios en el ejercicio de sus funciones.-»

En el proyecto de Ley de carlos dfamasco, marca como sujetos oobligados al test a «Los legisladores provinciales y funcionarios del Poder Legislativo» y sobre la periodicidad del test expresa:

  1. De manera obligatoria antes de asumir el cargo, sea por ingreso o ascenso.
  2. Con una periodicidad mínima de una vez al año para todos los sujetos obligados.
  3. De manera aleatoria conforme a los criterios que establezca la reglamentación.
  4. La negativa a realizar el examen se considerará equivalente a un resultado positivo, iniciándose el procedimiento que se establece en la presente ley.

Damasco plantea también que  Sustancias a detectar y la metodologíaLos exámenes deberán detectar la presencia de sustancias psicoactivas no prescritas por un profesional de la salud, conforme al Decreto Nacional 299/2010, 772/2015 o normativa que lo reemplace. Las pruebas podrán incluir: 

  1. Análisis de orina y/o sangre.
  2. Rinoscopia cuando corresponda.
  3. Otros estudios que determine la autoridad de aplicación conforme a la normativa vigente.

Finalmente, el proyecto de Ley especifica también, autoridad de aplicación. criterios y financiamiento.

Ver proyecto completo

 

Orilla y Media TV