La última revisión quinquenal de la tarifa de la energía eléctrica, el 31 de agosto de 2022, aprobada por resolución del EPRE Nº 219/22, habilitó el procedimiento de revisión integral de la tarifa correspondiente al tercer periodo tarifario de los contratos de concesión vigente y, en consecuencia, el cuadro tarifario inicial del período 1° de febrero al 30 de abril de 2023 inclusive.
Pero luego de aprobados los nuevos cuadros tarifarios con los valores actualizados, el Poder Ejecutivo dispuso que, “en atención a los fenómenos climáticos extraordinarios de extremas temperaturas y sequía, como así también el impacto en tarifa por la reducción de los subsidios” y la consecuente aplicación “ del programa de segmentación tarifaria para los usuarios residenciales de energía eléctrica, por razones de oportunidad, mérito y conveniencia, y en protección de los derechos de los usuarios” se dictó la resolución EPRE N° 11/23 que suspendió “transitoria y excepcionalmente” el traslado a los usuarios finales el VAD. Así, para el período 1º de febrero al 30 de abril de 2023 se mantuvo el valor vigente a 2022.
La nueva disposición del Ente Regulador dispone que corresponde «en esta segunda etapa, comprensiva de los meses de agosto, septiembre y octubre de del año 2023, se aplique una quinta ava parte, en cada mes, respectivamente, del valor agregado de distribución previsto en el cuadro tarifario aprobado por el Anexo I de la Resolución EPRE N° 219/22, para de ese modo completar la totalidad de lo previsto, con el correspondiente traslado, en su justa incidencia, del precio mayorista de energía eléctrica y potencia vigente para ese período».
Y que además «se considera oportuno y conveniente a fin de mantener la calidad del servicio público económico de distribución de energía eléctrica, aplicar gradualmente un solo factor de adecuación de tarifa prevista en el contrato de concesión».








