El Ente Provincial Regulador de la Energía (EPRE), aprobó un nuevo cuadro tarifario que contiene aumentos para la electricidad desde agosto. La decisión está contenida en la Resolución 119/26, fechada este lunes y firmada por el titular del organismo provincial, el abogado Marcos Rodríguez Allende.
La disposición de la provincia traslada aumentos dispuestos por la Secretaría de Energía de la Nación, publicados el 31 de julio pasado, sobre el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) y el Mercado Eléctrico Mayorista del Sistema de Tierra del Fuego (MEMSTDF), que comprenden desde el 1 de agosto hasta el 31 de octubre.
En la Resolución 119/26 se reconoce que el pedido para aprobar un nuevo cuadro tarifario llegó desde la Empresa de Energía de Entre Ríos Sociedad Anónima (Enersa), y que si bien la última resolución (2 de julio) ya establecía los valores del mes de agosto, esa vigencia quedó condicionada a que “no se produzcan modificaciones en los precios mayoristas de energía, potencia y/o transporte en el MEM por parte de la Secretaría de Energía Eléctrica de la Nación, en cuyo caso podrían las distribuidoras presentar a este ENTE para su análisis y aprobación los nuevos valores del Cuadro Tarifario”.
La publicación en el Boletín Oficial de la provincia indica también que la Secretaría de Energía de la Nación estableció nuevos valores para el Mercado Mayorista en:
- Precios de Referencia de la Potencia (POTREF)
- Precio Estabilizado de la Energía (PEE)
- Precio Estabilizado de los Servicios Adicionales (PES)
“Serán de aplicación a la demanda de energía eléctrica declarada por los Agentes Distribuidores y/o Prestadores del Servicio Público de Distribución del MEM. Esto incluye tanto el abastecimiento a sus propios usuarios como a los de otros prestadores del servicio público de distribución dentro de su área de influencia o concesión. El PEE junto con el POTREF, el PES y el Precio Estabilizado del Transporte (PET) son los que se deberán utilizarse para su correspondiente aplicación en los cuadros tarifarios de los Agentes Distribuidores y otros Prestadores del Servicio Público de Distribución que lo requieran”, aclara la Resolución.
Se especificó también que el valor correspondiente “a cada Agente Distribuidor del MEM por el Servicio Público de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión y por Distribución Troncal, se establece en $ 2.508/MWh), el valor del recargo previsto, que integra el Fondo Nacional de la Energía Eléctrica (FNEE), siendo de aplicación para los consumos que se realicen a partir de dicha fecha”.
El Cuadro Tarifario presentado por Enersa el 3 de agosto, “incluye el traslado en su justa incidencia de los Precios de Referencia de la Potencia, Precio Estabilizado de la Energía y Precio Estabilizado del Transporte para la demanda de energía eléctrica”.
Piden al Ejecutivo provincial que prorrogue un subsidio
Además, la Secretaría de Energía de la Provincia dispuso, ad referéndum del Poder Ejecutivo Provincial, a partir del 1 de agosto y hasta el 31 de octubre de 2026 inclusive, la prórroga del subsidio tarifario sobre el valor agregado de distribución destinado a los usuarios residenciales urbanos y rurales de menores ingresos.
Los beneficiarios de ese subsidio quedaron registrados “al mes de diciembre de 2025 en el Segmento Nivel 2- Menores Ingresos del Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE), equivalente al seis por ciento (6%) sobre el valor agregado de distribución (VAD) que las Distribuidoras Eléctricas de la Provincia apliquen en su facturación; hasta un tope máximo de consumo de 300 kWh/mes, desde el 1° de enero y hasta el 28 de febrero de 2026”.
Según recordó la resolución de la entidad provincial, el subsidio que se requiere al Poder Ejecutivo de la provincia comprende un “16,59% sobre el consumo base de 300 kilovatios por hora (kWh) mensuales de los usuarios de electricidad residenciales, beneficiarios del Régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF)”.
Ese subsidio sobre el cual se pide una prórroga al Ejecutivo de la provincia, se adicionará a otros subsidios dispuestos previamente. Así como se resuelve aplicar las bonificaciones ya dispuestas “para la totalidad del volumen consumido por las Entidades de Bien Público, Clubes de Barrio y de Pueblo, y otras categorías de usuarios sin fines de lucro asimilables”.
El nuevo cuadro tarifario queda “condicionado a que no se produzcan nuevas modificaciones en los precios mayoristas de energía, potencia y/o transporte en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) por parte de la Secretaría de Energía Eléctrica de la Nación (SEN), en cuyo caso podrán las Distribuidoras presentar a este ENTE para su análisis y aprobación los nuevos valores del Cuadro Tarifario”.








