miércoles, abril 1, 2026

El Gobierno recuerda la prohibición de venta de elementos ópticos en lugares no habilitados

El Gobierno recuerda la prohibición de venta de elementos ópticos en lugares no habilitados
Orilla y Media TV

La Ordenanza N° 11125/2008, establece las condiciones, requisitos y alcances para el ejercicio de la actividad vinculada con venta de elementos ópticos, con el objetivo de garantizar la seguridad y la salud visual de la población.

A través de la Dirección de Inspección General, el Gobierno de Gualeguaychú tiene a su cargo el control y fiscalización de los comercios que desarrollan dicha actividad, asegurando el cumplimiento de la normativa local que regula su habilitación, apertura y funcionamiento.

En ese sentido, es importante destacar que los establecimientos tienen la obligación de contar con un profesional con título habilitante para venta de lentes y correctores. Asimismo, resulta indispensable tramitar la habilitación comercial correspondiente para su apertura y continuidad operativa.

La normativa vigente también establece la prohibición de la venta ambulante de productos ópticos, en resguardo de la salud de los usuarios, evitando prácticas que puedan generar riesgos o perjuicios visuales.

Este marco legal tiene como finalidad principal proteger la salud visual de la comunidad, garantizando que todo elemento correctivo sea provisto por profesionales idóneos, en condiciones adecuadas y bajo controles sanitarios y administrativos, brindando mayor seguridad y confianza a los consumidores.

Para mayor información, asesoramiento o consultas, las personas interesadas pueden comunicarse con la Dirección de Inspección General al teléfono 423399, o acercarse a sus oficinas ubicadas en calle España 423.

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