El proyecto de ley aprobado a mediados de agosto para favorecer los comercios de frontera cercanos a Brasil y Argentina ya está finalizando su etapa de reglamentación.
Los detalles del proyecto
- Régimen especial de comercio de frontera: permite a micro, pequeñas y medianas empresas del comercio minorista importar determinados productos libres de tributos y paratributos, incluyendo IVA e Imesi. Por otro lado, habrá un «procedimiento aduanero simplificado», sin documentación extra de organismos de control para las mercaderías autorizadas.
- Límite geográfico: Se podrán hacer ventas presenciales, en el propio local y exclusivamente a consumidores finales, aunque el MEF definirá la lista de productos y los límites geográficos que el Senado decidió que sea hasta 60 km de los pasos fronterizos, a diferencia de Diputados que pidió que sea 50 km.
- Exoneración de aportes patronales: esta medida faculta al Poder Ejecutivo a exonerar hasta el 75% de los aportes jubilatorios patronales al BPS por nuevos puestos de trabajo. También aplica a empresas de giros vinculados a la dinámica fronteriza (comercio, industria manufacturera, turismo, entretenimiento, servicios, entre otros). Solo para empleos adicionales al promedio de los seis meses previos con localización dentro del radio de 60 km.
- Reducción del IVA: habrá posibilidad de reducir total o parcialmente la tasa de IVA para ventas minoristas dentro de un radio de 20 km de la frontera. Sin embargo, habrá condiciones, ya que el pago deberá ser presencial con medios electrónicos, entrega en el local y tendrá topes por operación y por mes. Además, no podrá superponerse con otros regímenes de reducción de IVA.
- Otras disposiciones: exclusión del Imesi para importaciones bajo el régimen especial; sanciones para uso indebido de los beneficios, que pueden incluir suspensión temporal o definitiva del régimen y aplicación solo cuando existan diferencias de precios significativas, considerando también costos de transacción.
Fuente Ámbito






