Tras el rechazo de la Justicia Federal de Entre Ríos al recurso de habeas corpus presentado contra el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 941/2025 del Poder Ejecutivo Nacional, para que se declare su inconstitucionalidad, el abogado Rubén Pagliotto advirtió a AIM que ni él ni los demás denunciantes se quedarán «de brazos cruzados», y aseguró que irán «en queja a la misma Cámara y de allí a la (Suprema) Corte, si fuere necesario. En su presentación, cuestionó que fuerzas de seguridad no estatales puedan detener personas sin orden judicial y destacó el carácter preventivo del recurso.
El 28 de enero, el Poder Judicial de la Nación habilitó la feria para hacer lugar al recurso colectivo de habeas corpus para frenar la implementación del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 941/2025 dictado por el Poder Ejecutivo Nacional que introduce cambios en la Ley de Inteligencia. La disposición “amenaza seriamente y restringe la libertad ambulatoria de los ciudadanos”, indicaron los denunciantes a AIM.
El Juzgado Federal de Paraná a cargo de Daniel Alonso habilitó la feria judicial y dio intervención al fiscal, para que avance la acción promovida por los abogados Rubén Pagliotto, Raymundo Arturo Kisser y Armando Britos contra el Estado Nacional en la figura el presidente de la Nación, Javier Milei, quien dictó el DNU 941/2025 “que amenaza y restringe la libertad de todas las personas que habitan y transitan en el territorio nacional”.
Tras el rechazo de la Justicia Federal de Entre Ríos, ayer jueves, Pagliotto aseguró a esta Agencia que no se quedarán «de brazos cruzados. Iremos en queja a la misma Cámara y de allí a la Corte, si fuere necesario. Porque lo que no entienden o parecen no entender, es que la sola vigencia del DNU 941/2025, que habilita la detención de personas sin orden judicial, per se constituye el peligro real y concreto, habilitando el habeas corpus preventivo. Precisamente, es ese y no otro el sentido del habeas corpus preventivo. Es decir: evitar que suceda. Porque de lo contrario, como parecería interpretar el juez Federal Daniel Alonso, habría que esperar que la detención suceda, se concrete, para recién interponer la acción de habeas corpus».
Pero en tal caso, «dejaría de ser preventiva y se convertiría en lo que se denomina en derecho constitucional habeas corpus reparador. Es decir, aquel que repara una situación o hecho ya sucedido. Esta es la diferencia sustancial entre ambos tipos de hábeas corpus. El peligro existe y es concreto por la sola entrada en vigencia del Decreto. Hoy, a mí, a vos o a cualquier persona, en una decisión tomada en el contexto de un procedimiento de inteligencia (que no es un organismo ni de seguridad ni judicial), por cualquier motivo secreto, llevan adelante la detención de alguien, con lo cual es no sólo equivocado el razonamiento del juez, sino liviano y absurdo desde la lógica jurídica. Desde el vamos en el título del escrito nuestro consignamos: hábeas corpus preventivo», indicó.
Para el abogado, «esa revisión del artículo 10 de la Ley 23098, impide de facto el doble conforme. Nosotros apelamos dentro de las 24 horas que la propia ley nos concede. Pero, a la par, la misma ley prevé la revisión automática dentro de las 24 horas. Ahí hay un conflicto que debe resolverse pro actione y no se puede vulnerar, de ninguna manera, el doble conforme. Además, Alonso invoca argumentos baladíes y aparentes para denegarnos la apelación. Quien resuelva nuestro alzamiento recursivo deberá ser un tribunal de alzada Ad Hoc, sin ninguna duda. El otro ya emitió opinión. De no ser así, se violentaría con sesgos de escandalosa prevaricación, el derecho al recurso y también, claramente, la garantía de imparcialidad”.
En definitiva, dijo Pagliotto, y “para redondear la idea y ser concluyente, entendemos que el error del doctor Alonso fue el de tratar este Habeas Corpus como reparador (luego de sucedido el hecho violatorio de la garantía constitucional) y no como lo interpusimos nosotros que fue como habeas corpus preventivo, precisamente, para evitar ex antes que la violación de la garantía constitucional se concretara”.
Fuente AIM








